Ingreso Mínimo Vital: requisitos y comprobador orientativo
Revisa de forma orientativa si tu situación podría encajar en los requisitos generales del Ingreso Mínimo Vital, y hazte una idea muy aproximada de la cuantía. La elegibilidad y el importe reales solo los determina la Seguridad Social.
Este comprobador es orientativo y no sustituye la solicitud oficial. El importe y la elegibilidad reales los determina la Seguridad Social.
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Requisitos generales (marca los que cumples)
Cuantía mensual orientativa
604 €
Requisitos generales marcados
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Qué es el Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica del Estado, gestionada por la Seguridad Social, que busca garantizar un nivel mínimo de ingresos a las personas y hogares que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. No depende de tu comunidad autónoma ni de tu ayuntamiento: es una prestación estatal, aunque puede combinarse con otras ayudas autonómicas o locales.
Requisitos generales (2025-2026)
Sin entrar en todos los supuestos particulares, estos son los requisitos generales más habituales que exige la normativa:
- Residencia legal y efectiva en España durante al menos el año inmediatamente anterior a la solicitud, salvo excepciones (por ejemplo, víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos, o menores que salen de un sistema de protección al alcanzar la mayoría de edad).
- Situación de vulnerabilidad económica, es decir, que los ingresos y el patrimonio del hogar estén por debajo de unos límites que varían según el número de personas y el tipo de unidad de convivencia.
- Estar inscrito como demandante de empleo, si estás en edad de trabajar y no tienes una causa justificada que te exima de esta obligación.
- Haber solicitado previamente, si te correspondían, las pensiones y prestaciones públicas vigentes a las que pudieras tener derecho.
La edad mínima general para solicitarlo en solitario es de 23 años, aunque hay excepciones para menores de esa edad en determinadas circunstancias (por ejemplo, si tienen hijos a su cargo o proceden de un sistema de protección de menores).
Cómo se calcula la cuantía (de forma aproximada)
El importe del IMV parte de una cuantía base para un adulto que vive solo, que se incrementa por cada miembro adicional de la unidad de convivencia, con determinados topes y reglas adicionales (por ejemplo, complementos para familias monoparentales). Además, si el hogar ya tiene algunos ingresos propios, la prestación cubre solo la diferencia hasta llegar a la cuantía que le corresponda, no se suma por encima de ese límite.
Por eso, el comprobador de esta página solo puede darte un orden de magnitud, no una cifra fiable. El cálculo real tiene en cuenta muchos más factores (ingresos exactos, patrimonio, tipo de unidad de convivencia, otras prestaciones que ya recibas) y lo realiza la Seguridad Social al estudiar tu solicitud.
¿Es compatible el IMV con trabajar?
Sí. El IMV incluye incentivos al empleo para que trabajar compense: cuando aumentan los ingresos laborales del hogar, la prestación no se reduce de forma inmediata y total, sino de manera progresiva, siguiendo las reglas que fija la Seguridad Social. El objetivo es evitar que aceptar un empleo suponga perder de golpe toda la ayuda.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse el IMV?
No existe un plazo único: la Seguridad Social debe revisar la documentación de cada solicitud y, si detecta que falta información, puede pedir que se complete antes de resolver. El tiempo de tramitación varía según el volumen de solicitudes en curso y la complejidad de cada caso. Puedes consultar el estado de tu expediente en cualquier momento desde la sede electrónica de la Seguridad Social.
Dónde solicitarlo
La solicitud se tramita siempre a través de la Seguridad Social, nunca de tu comunidad autónoma. Puedes iniciarla de forma online en la sede electrónica de la Seguridad Social o de forma presencial. Antes de presentarla, es recomendable reunir la documentación que acredite quiénes forman tu unidad de convivencia y cuáles son vuestros ingresos y patrimonio.