FFinanzIAs
Calculadoras gratuitas de hipoteca, préstamos, ahorro y autónomos, con guías claras sobre impuestos, ayudas y seguros. Sin tecnicismos.

Cómo darse de alta como autónomo paso a paso

Los trámites, plazos y documentos exactos que necesitas para darte de alta como autónomo en España, explicados paso a paso.

Antes de empezar: qué necesitas tener claro

“Darte de alta como autónomo” significa comunicar oficialmente que vas a ejercer una actividad económica por cuenta propia. Esto implica dos trámites distintos y obligatorios: uno ante la Agencia Tributaria (Hacienda) y otro ante la Seguridad Social. Antes de empezar, conviene tener decidido a qué te vas a dedicar exactamente (tu epígrafe de actividad) y si vas a trabajar desde un local o desde casa, porque ambos datos se piden en el primer trámite.

Los pasos, uno a uno

  1. Elige tu epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Es el código que describe tu actividad (por ejemplo, “programación informática” o “peluquería”). Determina qué obligaciones fiscales tendrás, así que conviene elegirlo con cuidado; si tienes dudas, una gestoría puede ayudarte en cinco minutos.
  2. Alta censal en Hacienda: modelo 036 o 037. Se presenta de forma telemática (o presencial, con cita previa) en la Agencia Tributaria, antes de empezar a facturar. El modelo 037 es una versión simplificada del 036, válida para la mayoría de autónomos individuales. En este trámite declaras tu actividad, si vas a facturar con IVA, y si trabajas desde tu vivienda habitual (para poder deducirte parte de los suministros más adelante).
  3. Alta en la Seguridad Social (RETA), dentro de los 60 días naturales anteriores al inicio real de la actividad. Se puede tramitar online a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o del sistema RED, indicando tu previsión de rendimientos netos mensuales (de eso depende tu cuota, salvo que apliques la tarifa plana).
  4. Solicita la tarifa plana si te corresponde. Si es tu primera alta como autónomo (o no has estado de alta en los dos años anteriores), puedes pedir la cuota reducida de 80 €/mes durante los primeros 12 meses. Se solicita en el mismo trámite de alta en la Seguridad Social.
  5. Comprueba si necesitas licencias o permisos específicos. Depende de tu actividad: por ejemplo, un local abierto al público suele necesitar licencia de apertura del ayuntamiento. Si trabajas solo online desde casa, normalmente no hace falta ningún permiso adicional.
  6. Empieza a facturar cumpliendo tus obligaciones fiscales. Desde el momento del alta, deberás presentar el Modelo 130 (pago fraccionado de IRPF) cada trimestre, y el Modelo 303 (IVA) si tu actividad está sujeta a IVA, además de la declaración anual de la Renta y, si procede, el Modelo 390 (resumen anual de IVA).

¿Cuánto tarda el alta en Hacienda?

El alta censal (modelo 036/037) suele quedar registrada de forma inmediata si la presentas online con certificado digital o Cl@ve, y el alta en la Seguridad Social (RETA) también se confirma en el mismo día o al siguiente hábil. En conjunto, si tienes toda la documentación lista, puedes completar los dos trámites en una sola mañana.

Documentación que necesitarás

  • DNI o NIE en vigor.
  • Número de la Seguridad Social (si nunca has cotizado, se solicita en tu oficina asignada).
  • Datos de tu actividad: epígrafe del IAE, fecha de inicio y domicilio de la actividad.
  • Cuenta bancaria para la domiciliación de la cuota de autónomos.
  • Certificado digital o Cl@ve, muy recomendable para hacer todos los trámites online sin desplazarte.

¿Y si vengo del paro?

Si estás cobrando la prestación por desempleo, puedes solicitar la capitalización del paro (también llamada “pago único”) para recibir de una vez parte o todo el dinero pendiente e invertirlo en tu nuevo negocio. Este trámite se solicita en el SEPE antes de darte de alta como autónomo, así que si te interesa, es el primer paso de todos, antes incluso del alta censal.

Errores habituales al empezar

  • Darse de alta en la Seguridad Social antes que en Hacienda (el orden importa).
  • Superar los 60 días naturales entre el alta en Hacienda y el alta en el RETA.
  • Elegir un epígrafe que no encaja bien con la actividad real, complicando la gestión del IVA.
  • No declarar la vivienda como afecta a la actividad si se trabaja desde casa, perdiendo la posibilidad de deducir suministros.

Puedes iniciar y consultar el estado de estos trámites en los portales oficiales: alta censal en sede.agenciatributaria.gob.es, alta en el RETA en seg-social.es, y capitalización del paro en sepe.es.

Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional o gestoría.